Andrés Felipe Moreno Hernández*
En este texto se exponen en líneas generales los Derechos de la Naturaleza, notando que en nuestra actualidad los DD.HH son considerados por la mayoría de las personas como algo más importante que estos, dejándolos de lado en nuestro diario vivir, haciendo vista ciega a cada una de las cosas que están pasando a nuestro alrededor, junto con las que podrían pasar en un futuro no muy lejano; esto claro, entendiendo que ningún tipo de derecho, ni los de los humanos ni los de la naturaleza, es más importante que el otro, sino que ambos poseen mismo grado de relevancia, ya que amparan nuestras vidas y realidades.
No obstante, para entender y comprender la importancia de estos dos tipos de derechos necesitamos cada una de sus definiciones, señalando su respectiva importancia. Los DD.HH según Eugenio Bulyngi son concebidos principalmente por medio del derecho natural, entendiéndose como la necesidad de proporcionar una protección hacia los diferentes actos (crímenes) que puedan afectar la integridad de una persona. Todo esto lo podemos comprobar viendo nuestra realidad, por ejemplo, el día 12 de octubre del 2018 se dio un comunicado de prensa en Roma, en donde se habló acerca de los derechos humanos, específicamente del derecho a la alimentación, hablando acerca de los 821 millones de niños, mujeres y hombres que sufren diariamente de inseguridad alimentaria, de igual manera provocando miles de muestres al día, pero también gracias a que es un derecho natural se están salvando miles de muertes más al día.
Por otro lado, según Eduardo Gudynas las diferentes políticas ambientales como lo son el reconocimiento de los derechos de la naturaleza han empezado a ser cada vez más notorias, ya que su objetivo principal es detener la pérdida de biodiversidad, el calentamiento global, entre otros, evidenciando como a medida de que el tiempo avanza la tierra va pidiendo ayuda con diferentes desastres ambientales como lo ha sido el gran derrame de crudo, llevando a su paso miles de peces que no mueren únicamente por este tipo de desastres sino también por las miles de toneladas de plástico que se encuentran en el mar. El New York Times en un artículo publicado en 2018 señaló que hay aproximadamente 87.000 toneladas de basura afectando el océano Pacífico, amenazando la biodiversidad de nuestro planeta junto con nuestros recursos naturales.
Siguiendo con las políticas ambientales, se pueden hablar acerca del pensamiento de la filosofía andina, en donde según Josef Esterman el orden moral del hombre es el de las relaciones correspondientes al orden cósmico donde no se centra en una reflexión acerca de la normatividad del comportamiento humano, sino sobre su constante “estar” dentro del todo holístico del cosmos, presuponiendo la conciencia de lo que se hace, teniendo como principio que solo entres con razón pueden actuar de manera ética en conjunto con entes libres y personales, dándonos a entender que el ser debe de conciente del mundo en el que vive, respetando y cuidándolo constantemente. No obstante, podemos ver las diferentes problemáticas que surgen al irrespetar el orden moral, creando problemas para la supervivencia del hombre en el mundo, siendo afectado por sus actos como lo podemos notar mediante la afectación del planeta por causa del efecto invernadero creado por los gases de carbono, junto con la innumerable contaminación que produce el humano.
Así entonces, los derechos humanos y los derechos de la naturaleza son igual de importantes, ninguno por encima del otro, gracias a que los derechos humanos nos protegen y los derechos de la naturaleza principalmente cuidan y preservan el ambiente en el cual el humano sobrevive, asegurando su misma existencia, denotando la dependencia que tiene el humano en estos dos, resumiendolo en dos simples frases, el humano no sobrevive si no cuida la naturaleza y el humano no sobrevive si no se protege a él mismo y a los demás.
Andrés Felipe Moreno Hernández*
Estudiante de Administración de Empresas
Universidad Santo Tomás
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ARTE-FACTO. Revista de Estudiantes de Humanidades
ISSN 2619-421X (en línea) abril de 2019 No. 10