¿Es acaso un pecado ser mujer?

Yuli Lorena Ramírez Ávila*

¿Dónde queda el Estado social de derecho cuando se culpa a una mujer de su propia muerte?, una muerte que además fue degradante, si se supone que el Estado Social de derecho está basado en el respeto por la dignidad humana y que además también debe velar por los derechos de la mujer. ¿Es acaso un delito ser mujer? ¿Ser mujer acaso significa debilidad? ¿Es acaso un pecado ser mujer? ¿Es acaso una maldición nacer mujer en un mundo marcado por patrones culturales machistas? ¿Quién puede elegir si dejarnos vivir o simplemente acabar con nuestra vida?

 Sin ir muy lejos, uno de los casos de feminicidio que más me ha impactado, y del cual se está hablando mucho últimamente, es el de Rosa Elvira Cely, una mujer que fue víctima de un brutal ataque sexual, el cual posteriormente le causó la muerte, cuatro años después la Secretaría de Gobierno emitió un comunicado en el cual se hacía explícito que Cely fue la culpable de la violación: "Todos sabían que (Javier Velasco y Mauricio Ariza, este último exculpado en el proceso) tenían comportamientos raros y los tildaban de malosos. No obstante lo anterior, Rosa Elvira Cely salió a departir con ellos, se tomaron unos tragos" (El Espectador, 2016). ¿Con qué juicio de valor se emitió este comunicado?, ¿quién puede acusar a una mujer de su violación y de su muerte? En Colombia, según datos del periódico El Espectador, al día se dan aproximadamente cuatro feminicidios, en los cuales se presenta una impunidad del noventa por ciento, una cifra alarmante en un país que está regido bajo una Constitución, la cual afirma en su artículo segundo que "el Estado debe servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución" (1996, 12). ¿En realidad el Estado colombiano garantiza la efectividad de los derechos y deberes consagrados en la Constitución? ¿En qué momento se cumple esto si en este país se da una cifra de feminicidio tan alta y el Estado no es competente para hacer que estos casos no queden en la impunidad y se cumpla a como dé lugar lo que consagra la ley? ¿En qué momento dejarán de aparecer noticias alarmantes en periódicos nacionales sobre el asesinato o violación de una mujer?

En la Constitución colombiana se afirma que todo individuo tiene derecho a la vida y que además nadie será sometido a torturas, tratos crueles o degradantes y según La declaración sobre la eliminación de violencia contra la mujer, en su artículo cuatro, "Los Estados deben condenar la violencia contra la mujer y no invocar ninguna costumbre, tradición o consideración religiosa para eludir su obligación de procurar eliminarla. Los Estados deben aplicar por todos los medios apropiados para eliminar la violencia contra la mujer" (1994). Entonces, qué está pasando con el Estado colombiano, que vuelvo y reitero, es capaz de acusar a una mujer de su propia violación y muerte, me comprometo como sujeto social, mujer, ciudadana colombiana y comunicadora social, en primera instancia, a dar a conocer la magnitud de esta problemática en el marco colombiano, cambiando así todo tipo de prejuicio cultural machista que justifica el ataque sexual a una mujer, además de hacerle entender a los operadores judiciales que se le debe reconocer a las víctimas de ataques sexuales sus derechos vulnerados como la dignidad, la integridad y la seguridad personal. Es necesario que un país elimine todo tipo de patrones patriarcales machistas en defensa de la mujer y de toda la sociedad en general.

Referencias
Constitución política de Colombia. (1996). Constitución política de Colombia. Bogotá: Panamericana Editorial Ltda.
El Espectador (29 de enero de 2016). En Colombia hay cuatro feminicidios al día, la impunidad es del 90%. Bogotá, Colombia.
El Espectador (14 de mayo de 2016). Secretaría de Gobierno de Bogotá culpa a Rosa Elvira Cely de su propio ataque. Bogotá, Colombia.
Organización de Naciones Unidas. (1994). Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Recuperado en mayo 27, 2016. ANCUR en http://www.acnur.org/t3/fileadmin/scripts/doc.php?file=t3/fileadmin/Documentos/BDL/2002/1286  

  Yuli Lorena Ramírez Ávila
Estudiante de Comunicación Social para la Paz
Universidad Santo Tomás

 Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad del autor y no reflejan, necesariamente, 
los puntos de vista de la Universidad Santo Tomás.

ARTE-FACTO. Revista de Estudiantes de Humanidades
ISSN 2619-421X (en línea) abril-junio 2017 No. 2

 

 

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