El perdón para promover la Reconciliación y Paz en Colombia

Karen Andrea Vásquez Prieto*

En Colombia se ha promovido la implementación de acuerdos de paz establecidos entre el Gobierno y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), ante los cuales los colombianos han expresado una poca voluntad de reconciliación. ¿Cuál es el motivo? ¿Por qué este tipo de procesos de negociación han sido desaprobados por la población general? En el trascurso del texto se buscará evidenciar que dichos procesos serán exitosos en la medida en que, antes, se promueva un proceso de perdón. Para cumplir con este objetivo, se abordará, en un primer momento, la conceptualización de perdón y reconciliación, y en un segundo momento, el perdón como posibilitador de procesos de reconciliación.

La población es uno de los actores clave en la implementación de acuerdos establecidos en procesos de negociación. Sin embargo, en la actualidad, la mayoría de los colombianos no están dispuestos ni preparados para la misma, pues no se ha promovido el perdón entre los grupos en conflicto. De hecho, una de las posibles causas del resultado del plebiscito de Octubre de 2016 pudo ser la presentación abrupta de la posibilidad de reconciliación, sin promover procesos y capacidades de perdón, hacia los cuales ya existía poca disposición con anterioridad.

Pese a que la población colombiana reconoce que el perdón es un proceso de liberación y reparación necesario para restaurar la relación entre grupos en conflicto (reconciliación), se le ha equiparado, erróneamente, al olvido de la ofensa; en este sentido, gran parte de la población (incluyendo víctimas de violencia política) emplea de manera indistinta los términos ‘perdón’, ‘reconciliación’ y ‘olvido’ (Castrillón-Guerrero et al., 2018; Cortés, Torres, López-López, Pérez, & Pineda-Marín, 2016; López, Andrade, & Correa-Chica, 2016; Ruiz, Zambrano, Rey, Tarazona, & García, 2018).

No obstante, se debe partir de que dichos términos no son sinónimos: para perdonar es necesario recordar quién y qué debe ser perdonado (Juanola, 2012; López, 2013); y por ende, el perdón y el olvido no son compatibles. En efecto, el perdón implica una serie de ejercicios que serán posibles sólo al recordar y retomar lo relacionado con la ofensa: por ejemplo, se debe desmitificar las ideas que dificultan el perdón y mantienen las “3R” (rabia, rencor y deseo de retaliación) y recuperar las “3S” (seguridad en sí mismo, sociabilidad y sentido de vida), para lo cual será necesario retomar la ofensa (Hernández, Montejo, & Molano, 2018; Juanola, 2012). Este proceso se debe manejar de manera adecuada, pues no se busca favorecer la impunidad, ignorar la justicia u obligar a “superar” el conflicto sin solucionar o atender aspectos del pasado; en este sentido, es necesario respetar el proceso subjetivo de cada persona (Hernández et al., 2018; Villa, 2016).

Entonces, el perdón no es olvido, resignación, sumisión, indulto, ni justificación de la falta, sino un proceso de resignificación “a través de la comprensión y la compasión [de] los hechos de la ofensa” (Hernández et al., 2018, p. 106); en otras palabras, se entiende a partir de una dimensión psicosocial ‒no jurídica (amnistía, indulto, rebaja de penas o penas alternativas)‒, en la cual “los sujetos se tienen que confrontar con sus propias experiencias, sus vivencias, sus historias y los hechos, que de una u otra forma, han marcado sus vidas” (Villa, 2016, p. 12).

En los procesos de paz impulsados en Colombia, este tipo de procedimientos brillan por su ausencia. En efecto, estos se han caracterizado por posturas y discursos teóricos que, pese a que aluden repetidamente a la víctima (probablemente con el fin de ser legitimados), la relegan a un rol pasivo de espectadora de la reconciliación entre la élite del Estado y de los grupos al margen de la ley (Acevedo, 2017), lo que genera la percepción por parte de las víctimas de que este tipo de proceso sólo beneficia a los victimarios (Mejía, 2017).

Ahora bien, el perdón y la reconciliación tampoco son sinónimos: la reconciliación es la celebración del logro del perdón, e implica el (re)encuentro con el otro; no obstante, puede ocurrir que una persona perdone pero nunca se reconcilie con su ofensor (de hecho, existen casos en los cuales es recomendable, como en el abuso sexual) (Juanola, 2012). Es decir, el perdón es un proceso de voluntad personal, mientras que la reconciliación también demanda de la acción y voluntad del otro (Hernández et al., 2018).

En Colombia, se desconoció que un proceso de paz exitoso requiere del desarrollo de procesos de perdón entre los actores del conflicto armado, lo cual posibilitará la posterior reconciliación entre los mismos; por el contario, se intentó forzar a la población colombiana a aceptar un proceso de reconciliación, sin haber trabajado en sus procesos y capacidades de perdón. De aquella manera, se impide la ruptura del ciclo de violencia, para lo cual se debería incluir a la totalidad de los actores del conflicto armado, de otra forma, lo único que se generará es el aumento de la probabilidad de violencia por parte de los actores o sectores del conflicto excluidos. Lo anterior implica mayor dificultad para procesos de reconciliación a nivel nacional debido a la poca implementación de los acuerdos establecidos con las FARC y a la existencia de grupos armados al margen de la ley, con los cuales el proceso de negociación es aún incipiente (Castrillón-Guerrero et al., 2018).

Con anterioridad se han emprendido, en sectores de la población específicos, estrategias para enseñar y promover procesos de perdón y capacidad de perdonar que han evidenciado resultados positivos: fomentan el bienestar emocional, físico y psicológico, no sólo de la población en general, sino que también de las víctimas y victimarios de la violencia sociopolítica (López, Kasanzew, & Fernández, 2008; López, Pérez, Pineda-Marin, 2016; Ticona & Flores, 2017). Sin embargo, estas estrategias no se han propuesto a gran escala.

Ejemplo de ello es que, pese a que las víctimas fueron quienes más respaldaron los acuerdos de paz en el plebiscito del año 2016 (CNN Español, 2016) y quienes más apoyan la idea de que todo se ha de perdonar en el conflicto armado colombiano, aún existen grupos de víctimas que consideran que no se debe perdonar la pérdida de bienes materiales, la vinculación de niños, niñas y adolescentes a grupos al margen de la ley y que, de hecho, nada se puede perdonar en el conflicto armado (Castrillón-Guerrero et al., 2018; Vélez, 2016). Al considerar que las víctimas son el grupo con mayor capacidad de perdonar, habría que plantearse la necesidad de promover este tipo de procesos en la población restante (que se encuentra menos dispuesta al perdón y por ende, obstaculizan la implementación de acuerdos de negociación).

En este sentido, un proceso de perdón en contextos de violencia política debería promover trasformaciones a nivel individual, político y social, para lo cual se ha de fundamentar en determinadas premisas (Villa, 2016). En primer lugar, el perdón es un proceso subjetivo que no se opone a la justicia y la memoria; de hecho, un proceso adecuado probablemente desembocará en el inicio de procesos jurídicos (Hernández et al., 2018). De esta manera, discursos (políticos) polarizadores que gravitan en torno a la impunidad y la justicia como causales de rechazo de procesos de negociación y paz, no tienen sentido. En segundo lugar, todas las personas han sido ofendidas y han ofendido, por lo cual el perdón se debería considerar como parte de la condición humana; en el caso del conflicto armado, significa reconocer la humanidad del ofensor (Villa, 2016).

En tercer lugar, no se puede ni se debe obligar a las víctimas a perdonar, pues como se mencionó con anterioridad, es un proceso subjetivo en el cual cada persona tiene libertad de decidir si emprender el proceso o cuánto tiempo requerirá. Esto se debe al bienestar psicológico de las víctimas y a que forzar estos procesos genera la supresión de las “3R” y de esta forma, posibilita posteriores venganzas (no se cumpliría con el objetivo del perdón de romper la cadena de violencia). En cuarto lugar, promover procesos de perdón no implica legitimar la vulneración de Derechos Humanos, sino ofrecer a la víctima un rol más activo de liberación y empoderamiento (Villa, 2016); es decir, se trata de la transformación de la persona: de una víctima sufriente a una víctima superviviente (Acevedo, 2017).

En quinto lugar, el perdón se efectúa sobre eventos tangibles; por lo cual es en este punto en el que la verdad sobre los hechos cobra importancia. En efecto, las víctimas del conflicto armado refieren que el perdón se puede producir en tanto los victimarios reconozcan su responsabilidad y tengan voluntad de no repetición y reparación; es por este motivo que la justicia restaurativa es más efectiva para promover la reconciliación y paz tras el conflicto armado (Castrillón-Guerrero et al., 2018; Cortés et al., 2016; Villa, 2016; Acevedo, 2017).

No obstante, debido a que perdonar es un proceso complejo y subjetivo, estas estrategias y procesos no garantizan el perdón; de ahí la necesidad de evitar ejercer presión sobre las víctimas y de promover estrategias de intervención genuinamente dirigidas a éstas y al impulso de roles activos en sus procesos jurídicos y subjetivos, en procesos de reconciliación y más adelante, en el desarrollo de políticas públicas encaminadas a la no repetición de este tipo de eventos (Acevedo, 2017; Castrillón-Guerrero et al., 2018; Juanola, 2012; Villa, 2016).

En conclusión, en Colombia los procesos de reconciliación mediante los cuales se aspira a un país más pacífico, no han sido asumidos de forma positiva por la totalidad de la población; lo que se puede relacionar con: (a) el desconocimiento sobre las implicaciones del perdón (poca distinción entre los términos ‘perdón’, ‘reconciliación’ y ‘olvido’); (b) la adopción de posturas y discursos teóricos en los cuales se asigna a las víctimas roles pasivos de espectadores; (c) la falta de preparación adecuada para una reconciliación de cualquier tipo, para lo que es necesario promover la capacidad de perdón; (d) la poca inclusión de la totalidad de actores y sectores involucrados en el conflicto armado; y (e) la incomprensión de que los procesos de perdón generan beneficios a nivel personal y colectivo y por ende, el bajo fomento de procesos adecuados (que incorporen principios sobre subjetividad, humanidad, empoderamiento y verdad), a gran escala.

Referencias
Acevedo, O. (2017). Episteme de la victimidad: reposicionar al sobreviviente y reparar a la víctima. Bogotá, Colombia: Ediciones USTA.
Castrillón-Guerrero, L., Riveros, V., Knudsen, M., López, W., Correa-Chica, A., & Castañeda, J. (2018). Comprensiones de perdón, reconciliación y justicia en víctimas de desplazamiento forzado en Colombia. Revista de Estudios Sociales, 63, 84-98. doi: 10.7440/res63.2018.07
CNN Español. (3 de octubre de 2016). Colombia: los departamentos con más víctimas votaron mayoritariamente sí en el plebiscito. Cable News Network. Recuperado de https://cnnespanol.cnn.com/
Cortés, A., Torres, A., López-López, W., Pérez, C., & Pineda-Marín, C. (2016). Comprensiones sobre el perdón y la reconciliación en el contexto del conflicto armado colombiano. Psychosocial Intervention, 25, 19-25. doi: 10.1016/j.psi.2015.09.004
Hernández, A., Montejo, F., & Molano, L. (2018). Perdón y reconciliación: experiencia pedagógica desde el bienestar universitario para la cultura de paz. En Y. Martínez, Y. Villanueva & M. Barak (Comp.), Desarrollo del potencial humano en el ámbito universitario (pp. 89-116). México D.F., México: Editorial Artificios.
Juanola, E. (2012). Perdón y reconciliación para vivir en paz. En E. Vinyamata (Coord.), Vivir y convivir en paz. Aprender a vivir con uno mismo y con el entorno (pp. 71-82). Barcelona, España: Editorial GRAÓ.
López, A., Kasanzew, A., & Fernández, M. (2008). Los efectos psicoterapéuticos de estimular la connotación positiva en el incremento del perdón. Avances en Psicología Latinoamericana, 26(2), 211-226.
López, E. (2013). Perdonar sí, olvidar no. Una aproximación a la reconciliación en Colombia desde los sentimientos morales. Universitas Philosophica, 61(30), 85-96.
López, W., Andrade, A., & Correa-Chica, A. (2016). El proceso de pedir perdón como condición necesaria para la construcción de paz en medio del conflicto armado en Colombia. Revista Argentina de Clínica Psicológica, 25(2), 187-194.
López, W., Pérez, C., & Pineda-Marin, C. (2016). Relación entre el perdón, la reconciliación y la salud mental de las víctimas de la violencia socio-política. Revista de Victimología, 3, 141-159. doi: 10.12827-RVJV-3-06
Mejía, A. (2017). Reconciliación y perdón en medio del conflicto político y armado colombiano conceptos en tensión 2015 [tesis de maestría]. Cartagena, Colombia: Universidad de Cartagena.
Ruiz, C., Zambrano, M., Rey, P., Tarazona, J., & García, S. (2018). Representaciones sociales de estudiantes universitarios acerca de la palabra “perdón” en el contexto del conflicto y postconflicto colombiano. Cambios y Permanencias, 9(1), 562-592.
Ticona, L., & Flores, M. (2017). Bienestar psicológico y capacidad de perdonar en estudiantes de una universidad privada de Lima Este, 2016 [tesis de pregrado]. Lima, Perú: Universidad Peruana Unión.
Vélez, J. (02 de septiembre de 2016). Las víctimas frente al plebiscito. La silla vacía. Recuperado de https://lasillavacia.com/
Villa, J. (2016). Perdón y reconciliación: una perspectiva psicosocial desde la noviolencia. Polis, 43, 1-22.

Karen Andrea Vásquez Prieto*
Estudiante de la Maestría en Psicología Jurídica
Universidad Santo Tomás

Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad del autor y no reflejan los puntos de vista de la Universidad Santo Tomás.
ARTE-FACTO. Revista de Estudiantes de Humanidades
ISSN 2619-421X (en línea) julio de 2019 No. 11

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